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miércoles, 29 de octubre de 2014

SEDOAC Y GRUPO TURÍN MADRID

SEDOAC como parte de la Plataforma GRUPO TURÍN MADRID, exige la ratificación del Convenio 189 OIT, Trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos" en España.
 

viernes, 24 de octubre de 2014

LA IMPORTANCIA DE LA IGUALDAD DE DERECHOS LABORALES PARA LAS TRABAJADORAS DEL SERVICIO DOMÉSTICO

Por Cristina Álvarez.


Es bien conocido que tradicionalmente el sector de empleadas/os del servicio doméstico ha vivido en la llamada economía sumergida. Previo a la implantación del Sistema Especial de empleados del hogar, según datos del Gobierno, estaban integradas a diciembre de 2011 en el Régimen Especial antiguo 296.950 trabajadoras y trabajadores del hogar (Ministerio de Empleo y Seguridad Social, 2012), una cifra que dista mucho de la dada por el INE, con un dato de 660.400 en el cuarto trimestre de 2011 (INE, 2011).
Con la implantación del Sistema Especial de trabajadores del hogar en el Régimen General, entre otras medidas, se incluyen en la Seguridad Social a aquellas personas que trabajen menos de 60 horas al mes, lo que debería aumentar el número de afiliadas/os. Si observamos las cifras de finales de 2012 de los afiliados dados por el Gobierno y el número de empleados del INE, tenemos que el primero tiene una suma de 428.705 trabajadoras/es en abril de 2014 (Ministerio de Empleo y Seguridad Social, 2014), mientras que en el INE asciende a 659.000 en el segundo trimestre de 2014 (INE, 2014). Ello nos da una cifra aproximada de 230.000 empleadas/os del hogar que hasta el segundo trimestre de 2014 trabajan en la economía sumergida en España.
Según el Huffington Post, a partir de datos extraídos de un estudio de la OIT con una muestra de 117 países, tan sólo el 10% de todos las/los trabajadoras/es domésticos en el mundo está cubierto por alguna legislación laboral y cuatro de cada diez no dispone de derechos laborales básicos. Además, la mayoría son mujeres, alrededor del 90%. Este dato, en España, supone el 8,4% del trabajo femenino, siendo la mayoría de trabajadoras domésticas de origen extranjero, sobre todo provenientes de Latinoamérica. En América Latina y el Caribe, este trabajo representa el 26,6% del empleo femenino asalariado (Huffington Post, 9 de enero de 2013).
En España, el porcentaje de mujeres inmigrantes que trabaja en el sector doméstico es del 36%, el mayor porcentaje de la Unión Europa, y sólo el 10% se encuentra al mismo nivel de legislación laboral que el resto de trabajadoras/es (El País, 2013).
Si sumamos el número estimado de mujeres empleadas en el servicio doméstico en España, aquellas que lo realizan de manera irregular, y la carencia de derechos consecuente con esa irregularidad laboral, obtenemos como resultado más precariedad laboral para la mujer, que además, en su mayoría, son extranjeras.
Por todos estos motivos destaca la importancia de la ratificación en España del convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre todo ante la negativa de su ratificación por parte del Gobierno actual del Partido Popular.
Son quince los países que a septiembre de 2014 han ratificado el Convenio 189, por orden en el tiempo se encuentran: Uruguay, Filipinas, Mauricio, Nicaragua, Italia, Bolivia, Paraguay, Sudáfrica, Guyana, Alemania, Ecuador, Costa Rica, Argentina, Colombia e Irlanda. (ilo.org).
La ratificación del Convenio 189 igualaría los derechos laborales de los y las trabajadoras del hogar al resto de trabajadoras/es de España, en general este Convenio contiene unos derechos mínimos, claro que, cada país puede tener condiciones mejores en algunos de los puntos que establece. Los derechos que rezan son:
- Un salario mínimo sin discriminación de sexo,
- Descanso al menos de 24 horas seguidas a la semana,
- El pago en efectivo del salario, así como, realizarlo mínimo una vez al mes,
- La compensación de horas extraordinarias, vacaciones anuales pagadas,
- Mecanismos de queja y medios eficaces y accesibles para la protección de los trabajadores domésticos,
- Inspecciones de trabajo por la aplicación de las normas y las sanciones oportunas con respeto a la privacidad,
- Acceso efectivo a los tribunales o a otros mecanismos de resolución de conflictos en condiciones no menos favorables que las condiciones previstas para los trabajadores en general, y
- Protección contra prácticas abusivas por parte de agencias privadas, o condiciones no menos favorables que las condiciones aplicables a los trabajadores en general con respecto a la protección de la seguridad social, inclusive en lo relativo a la maternidad.
A todos estos derechos le añadimos una disminución importante en el número de empleadas del hogar que trabajasen de manera irregular y conseguiríamos que este sector gozase de ser un trabajo digno.

miércoles, 17 de septiembre de 2014

Con el inicio del nuevo curso, SEDOAC también retoma sus actividades, por lo que os invitamos a que no se pierdan el siguiente taller:


Con este taller queremos tomar conciencia de los derechos que tenemos las empleadas del hogar en España.

Responderemos a las interrogantes de las asistentes en esta materia.

Ser empleada del hogar no puede ser sinónimo de explotación ni precariedad laboral, por eso es importante conocerlos, reivindicarlos y disfrutar de ellos.

Te esperamos para que de forma amena e interactiva veamos los derechos que la legislación española contempla. 

 
Pronto tendremos también para fin de semana. 

jueves, 20 de marzo de 2014

DIA INTERNACIONAL DE LAS TRABAJADORAS DEL HOGAR

En 1,988 las trabajadoras del hogar llevaron a cabo el Primer Congreso Latinoamericano en Bogotá Colombia, donde uno de sus puntos aprobados era establecer el 30 de marzo como DIA INTERNACIONAL DE LAS TRABAJADORAS DEL HOGAR.
En España se estiman que somos aproximadamente más de 679,600 personas ocupadas en el sector del empleo del hogar.  Las mujeres inmigrantes, están siendo empleadas para sustituir el cuidado no remunerado, en un mercado privado y sin regulación, precario y escasamente profesionalizado.  Las trabjadoras del hogar han pasado ha desempeñar un rol esencial, no solo en la participación laboral de las mujeres autóctonas y el funcionamiento de las familias, sino como elemento de soporte y garantía de la sostenibilidad del Régimen de Bienestar en España.
Tanto en España como a nivel Internacional se han  aprobado normativas que atañen al empleo del hogar, como lo es el Convenio 189  “ Trabajo decente para las y los trabajadores domésticos” de la Organización Internacional del Trabajo.  España en el año 2011 aprobó dos nuevas legislaciones la ley 27/2011 por la que los empleados y empleadas de hogar dejan de pertenecer a un Régimen Especial para incorporarse al Régimen General de la Seguridad Social (en el sistema especial de empleadas del hogar). Esta normativa sufrió algunas modificaciones especificas a través del Real Decreto 29/2012. Y el Real Decreto 1620/2011 que regula la relación laboral del sector. Con estas normativas se ha dado un paso importante para dignificar el trabajo del hogar, trabajo que ha sido infravalorado, informal, invisible, tanto económica y social.
La coyuntura económica y social de España, marcada por una crisis financiera, ha producido cambios en el panorama del empleo del hogar, ha dado paso a una retracción  en el sector, está contribuyendo a una serie de situaciones perjudiciales para las y los trabajadores domésticos, tales como: despidos, reducciones de jornadas, paso a la economía sumergida, reducción del salario entre otros.
El C. 189 OIT, es un aval para las y los trabajadores domésticos, con este convenio se sacan a millones de  trabajadoras/es de la pobreza, exclusión, esclavitud y todo tipo de abusos. El convenio y su respectiva recomendación han comenzado a desempeñar su papel como catalizadores de cambio, estos dos instrumentos sirven como punto de partida para concebir nuevas políticas en varios países, reconociendo la dignidad y el valor del  trabajo doméstico.
Desde SEDOAC y  junto con otras plataformas, apostamos por la defensa de los derechos de las trabajadoras del hogar y del cuidado y la búsqueda de la equiparación real de la normativa del trabajo doméstico al resto de los derechos laborales, ya que el empleo del hogar es una de las ocupaciones más importantes para el funcionamiento de la vida cotidiana, y a la vez una de las más invisibilizadas.

jueves, 6 de marzo de 2014

Comisión Europea promueve el Convenio 189 OIT

La Organización Internacional del Trabajo OIT junto con la Comisión Europea en España, ofrecieron una sesión informativa sobre: "Las Instituciones de la Unión Europea promueven la ratificación del C. 189 OIT Trabajo decente para las y los trabajadores domésticos".




Intervinieron: María Luisa Cano, asesora para asuntos Internacionales, Secretaría de Estado de la Seguridad Social. Francisco Fonseca Director de la Representación de la Comisión Europea en España. Joaquín Nieto, Director de la Oficina de la OIT para España. Alejandro Cercas, Eurodiputado, Grupo de la Alianza Progresista de Socialistas y Demócratas en el Parlamento Europeo.
Entre las asistentes estuvimos  presentes representaciones de la plataforma del Grupo Turín.
El grupo Turín se formo en febrero de 2013 en Turín, Italia, fruto de la acción formativa denominada "Promover la Integración de las trabajadoras y trabajadores domésticos migrantes en Europa", en la que la participación de personas procedentes de España fue la más numerosa. Asistimos representantes de asociaciones, cooperativas, colectivos de empleadas de hogar y los cuidados, así como ONG sindicatos e instituciones públicas implicadas en el sector.

En opinión  de la oficina de la OIT en España "...nuestra sociedad no podría funcionar sin el trabajo de las trabajadoras y trabajadores domésticos en hogares ajenos. Representan también un sector económico importante y creciente. A pesar de ser una actividad tan importante, sólo el 9% tienen cobertura legal al mismo nivel que el resto de trabajadores".

La Organización Internacional del trabajo - agencia de las Naciones Unidas especializada en el mundo del trabajo constituida por los gobiernos, organizaciones empresariales y sindicales de todo el mundo- aprobó en 2011 el Convenio 189, que establece un conjunto de normas y criterios internacionales dirigidos a asegurar que el trabajo doméstico sea un trabajo decente y a reconocerle su valor social . Este convenio ha sido ratificado por doce países entre ellos Italia y  Alemania.


 La Unión Europea apoya también este Convenio, por lo que el Consejo de Ministros de la UE acaba de adoptar en 2014 una decisión autorizando a los Estados Miembros a ratificar el Convenio 189, siguiendo asi los pasos dados por la Comisión Europea y el Parlamento Europeo a favor del Convenio, que han instado a los Estados Miembros a ratificarlo y aplicarlo con urgencia. Con ello, la Unión Europea es coherente con los contenidos de la Carta Social Europea y de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión, especialmente en lo que se refiere a unas condiciones de trabajo justas y equitativas y a la protección social.


En mayo de 2013 la Comisión de Empleo y Seguridad  Social del Congreso de los Diputados aprobó por unanimidad una Proposición No de Ley que instaba al Gobierno a que en un plazo razonable evaluara la posibilidad de someter a ratificación el Convenio 189 de  la OIT y a que, en consecuencia, adaptara la legislación en el sentido que regulan los citados textos. La reciente Decisión de la Unión Europea instando a los países miembros a ratificar el Convenio, abre un nuevo escenario para la ratificación.